DISPOSITIVA
Por todos los Razonamientos antes expuestos, este Tribunal Tercero de Primera Instancia Penal en Función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ACUERDA CONCEDER EL BENEFICIO DE LIBERTAD CONDICIONAL, al Penado MARCANO LEONARDO JOSE, venezolano, mayor de edad, Natural de Maturín Estado Monagas, titular de la Cédula de Identidad Nº 12.411.178, domiciliado en Urbanización El Zorro, La sabanita, calle principal, casa S/N, Maturín Estado Monagas, por encontrarse satisfechos los requisitos exigidos en los Artículos 501 del Código Orgánico Procesal Penal, por el tiempo que le falta por cumplir UN (01) AÑO, UN (01) MES, DIECISEIS (16) DIAS, CATORCE (14) HORAS y CUARENTA (40) MINUTOS DE PRESIDIO, motivo por el cual culminará su condena en fecha 29-06-2009, a las 2:40 de la tarde. En consecuencia líbrese Copia Certificada de la Decisión al Jefe del D.....