DISPOSITIVA
En virtud de todo lo antes expuesto, este Tribunal Tercero de Primera Instancia penal en Función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley , DECLARA PRESCRITA LA PENA IMPUESTA a los penados LUIS JOSE RAMOS Y JOSE LUIS ALVAREZ, plenamente identificado en autos anteriores, de conformidad con lo establecido en el artículo 112 Ordinal 1° y tercer aparte del Código Penal, en consecuencia se le concede LIBERTAD PLENA a los referidos Penado.- Notifíquese al Ciudadano Fiscal Séptimo de Ejecución de Sentencias del Ministerio Público, al Penado y a su defensor del presente auto. Librase Copia del presente auto, al Ciudadano Jefe del Departamento de Vigilancia y Ejecución de Sanciones Penales del Ministerio el Interior y Justicia, a los fines de Ley. Déjese sin efecto las Órdenes de captura de los mencionados penados. Líbrese lo conducente.-
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