Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Tercero de Primera Instancia Penal en Función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, "Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley. "DECLARA" acreedor del Beneficio de Redención Judicial de la Pena por el Trabajo, al Penado JOSE WILFREDO CALLESTER CARABALLO, venezolano, natural de Maturín, Estado Monagas, nacido en fecha 17/10/78, de 30 años de edad, Estado Civil soltero, hijo de MARIA AUXILIADORA CARABALLO (V) y de JOSÉ WILFREDO CALLETER (v), Titular de la Cédula Identidad Nº 14.803.373 y domiciliado en la Murallita, Calle Principal, Casa Nº. 32, Maturín Estado Monagas, por aplicación de la presente redención la pena queda en VEINTIUN (21) AÑOS, DIEZ (10) MESES y VEINTIDOS (22) DIAS y DOCE (12) HORAS DE PRISION. El penado de marras, fue detenido tal como se evidencia de la revisión del presente asunt.....