Mediante Resolucion se acordo el CAMBIO DE SITIO DE RECLUSION del ciudadano. FRANCISCO RAMON SABOLLA, desde la Policia socialista de este Estado hasta el Internado Judicial el DORADO del Estado Bolivar, ello en resguardo del derecho a la vida establecido en el articulo 43 de la Constitucion de la Republica Bolivariana de Venezuela .Se ordeno librar lo conducente. Cumplase.-