Por todo lo antes expuesto éste Juzgado de los Municipios Bolívar y Punceres de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: PERIMIDA LA INSTANCIA, y en consecuencia, queda extinguido el procedimiento de conformidad con lo establecido en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil en el presente juicio de INDEMNIZACION DE DAÑOS Y PERJUICIOS (TRANSITO), intentado por el ciudadano MARTIN OBIDIO GOITTE MARTINEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad N° 4.338.352, domiciliado en el caserío kilómetro 9, sector Los Urbanejas, Caripito, Municipio Bolívar del Estado Monagas, siendo su Apoderado Judicial el Abogado en ejercicio ANTONIO JOSE ROJAS, venezolano, mayor de edad, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 18.632, contra la empresa P.D.V.S.A. PETROLEOS S.A., representada por los ciudadanos PASTOR LISCONO y/o BALMORE ACEVEDO.