En fuerza de las consideraciones expresamente expuestas, este Juzgado de Los Municipios Bolívar y Punceres de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR, la demanda por NULIDAD DE VENTA, presentada por ISAURA LOPEZ DE VENERE, en contra de los ciudadanos NELSON ENRIQUE CAMPOS Y NELSON JOSE CENTENO
SEGUNDO: Se ordena oficiar al Registrador del Municipio Bolívar a los fines de estampar la nota marginal respectiva al documento de venta anulado. TERCERO: condena a los demandados al pago de la cantidad de CUARENTA MIL BOLIVARES FUERTES (Bs. 40.000, oo). CUARTO: De conformidad con el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, se condena en costas a la parte demandada por haber resultado vencida en la presente causa. Dada sellada y firmada en la Sala de despacho del Juzgado de los Municipios Bolívar y Punceres de la Circunscripción Judicial del Estado M.....