V
DISPOSITIVA
Por todos y cada uno de los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos este Juzgado de los Municipios Bolívar y Punceres de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le Confiere la Ley, DECLARA: CON LUGAR LA SOLICITUD DE DIVORCIO 185-A, efectuada por los ciudadanos JOSE AMADOR SALAS y LUZ MARINA ARENAS, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Números. V-6.025.085 y V-4.891.349 respectivamente, domiciliados en Cachipo, Municipio Punceres del Estado Monagas. EN CONSECUENCIA: SE DECLARA DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL QUE LOS UNE, por virtud del Matrimonio Civil contraído en fecha 04 de Diciembre de 1976, por ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Punceres del Estado Monagas.
Publíquese, Regístrese y Déjese Copia Certificada.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Juzga.....