Por todos y cada uno de los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Juzgado de los Municipios Bolívar y Punceres de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le Confiere la Ley, DECLARA: CON LUGAR, LA SOLICITUD DE DIVORCIO 185-A efectuada por los ciudadanos: JOSÉ MAGDALENO VALLEJO y RAMONA COROMOTO GONZÁLEZ, venezolanos, mayores de edad, Identificados con las cédulas Nros V-11.172.364 y V-11.726.534 respectivamente, el primero domiciliado en San Félix, Estado Bolívar y la segunda en Quiriquire, Municipio Punceres del Estado Monagas, EN CONSECUENCIA: SE DECLARA DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL QUE LOS UNE, en virtud del Matrimonio Civil contraído en fecha 18 de Abril de 1987 por ante la Prefectura del Municipio Punceres del Estado Monagas, según consta de la copia certificada del Acta de Matrimonio N° 27, marcada "A", consignada en autos y que no fue desconocid.....