este Tribunal de los Municipios Bolívar y Punceres de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la demanda por NULIDAD DE TITULO SUPLETORIO Y SU CORRESPONDIENTE ASIENTO REGISTRAL, interpuesta por el Abogado en ejercicio ADOLFO JOSE GUERRA ESPINOZA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad N° 2.637.619, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 16.324, en su carácter de Apoderado Judicial de la ciudadana ALIDA JOSEFINA NAVARRO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad N° 501.171 contra la SUCESIÓN DE MARIA ISABEL NAVARRO DE RAVELO, representada por el ciudadano MIGUEL ÁNGEL RAVELO BELMONTE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad N° 4.339.658. En consecuencia, se ANULA el Titulo Supletorio por la ciudadana fallecida, MARÍA ISABEL NAVARRO DE RAVELO, evacuado por ante este Tribun.....