En mérito de las anteriores consideraciones, este Tribunal de los Municipios Bolívar y Punceres de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente el artículo 206 del Código de Procedimiento Civil. Declara reponer la causa, revocar el nombramiento del Defensor que no cumplió con su obligación y proceder a la designación de un nuevo defensor