Por todos y cada uno de los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Juzgado de los Municipios Bolívar y Punceres de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le Confiere la Ley, DECLARA: CON LUGAR, LA SOLICITUD DE DIVORCIO 185-A efectuada por los ciudadanos OSENIA JOSEFINA GAMBOA CASTILLO Y LEON ISMAEL RODRIGUEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de Identidad números V- 4.717.712, y 3.134.493, domiciliados en Caripito Municipio Bolívar del Estado Monagas EN CONSECUENCIA: SE DECLARA DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL QUE LOS UNE, en virtud del Matrimonio Civil contraído en fecha 15 de Noviembre de 1975, por ante la Prefectura de la Parroquia Guaraunos del Estado Sucre, según consta de la copia certificada del Acta de Matrimonio N° 16, marcada "A", consignada en autos y que no fue desconocida o tachada.
De conformidad con lo establecido en.....