DECISION
Conforme a los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA EXTINCIÓN DE LA OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, solicitada por el ciudadano JOSE DOMINGO MONCADA RISQUEZ, en su carácter de obligado manutencista de MARIANGEL BEATRIZ MONCADA SECULA. En consecuencia: SE DECLARA EXTINGUIDA LA OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, fijada judicialmente en fecha 27/03/2008, Expediente N° 345-2007, por este Juzgado de los Municipios Bolívar y Punceres de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas. A partir de la presente fecha, cesarán los descuentos y retenciones acordados, continuando, por así solicitarlo el demandante, la protección de los beneficios médicos que establece en su contrato laboral el Instituto Universitario Tecnológico de Caripito.
No hay condenatoria en costas por la especial naturaleza de la materia.
Ofíciese al Jefe de Recursos Humanos del Instituto Unive.....