Se publicó SENTENCIA DEFINITIVA, mediante la cual se declara: PRIMERO: Sin Lugar el recurso de apelación propuesto por la entidad de trabajo CENTRO HIPICO Y TURISTICO LA RECTA FINAL DE LOS GUARITOS II, C.A. (EL BULLPEN), representada por los abogados Kely Vegas, Eduardo José Oviedo y Humberto José Bucarito, SEGUNDO: Se confirma la sentencia dictada por el Tribunal Tercero de Primera Instancia de Juicio del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, mediante la cual se declara con lugar la acción de amparo constitucional, y ordena dar inmediato cumplimiento con la Providencia Administrativa Nº 00182-2013, de fecha veintinueve (29) de julio de 2013, dictada por la Inspectoría del Trabajo del estado Monagas, en la acción de amparo intentada por la ciudadana WENDY YALILE VIVAS SIMOZA contra la empresa CENTRO HIPICO Y TURISTICO LA RECTA FINAL DE LOS GUARITOS II, C.A. (EL BULLPEN), ambas partes ya identificadas.