Se publicó SENTENCIA INTERLOCUTORIA, mediante la cual se declara: declara: PRIMERO: Con Lugar la apelación interpuesta por la parte recurrente. SEGUNDO: SE REVOCA la decisión de fecha 15 de marzo de 2011, dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de esta Circunscripción Judicial. TERCERO: Se suspende todos los efectos de la providencia administrativa dictada en fecha 25 de octubre de 2011, sustanciado en el expediente Nº 044-2011-01-00542. CUARTO: Se ordena al Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, notificar inmediatamente a la Inspectoria del Trabajo del estado Monagas la presente decisión. Particípese de la presente decisión al Tribunal de la causa. Líbrese el oficio correspondiente.-