Se publicó SENTENCIA INTERLOCUTORA, mediante la cual se declara: PRIMERO: Sin Lugar el recurso de apelación propuesto por la empresa BAKER HUGUES VENEZUELA, S.C.A., representada por por el abogado Reinaldo José Narváez, SEGUNDO: Se confirma la sentencia dictada por el Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, mediante la cual se declara inadmisible la acción de amparo constitucional,