Se registra SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA mediante la cual se declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la demandada ASOCIACION COOPERATIVA UNION DE CONDUCTORES CHAGUARAMAL, en consecuencia SE CONFIRMA decisión, de fecha veintisiete (27) de febrero de 2012, dictada por el Juzgado Septimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediacion y Ejecución de Primera Instancia de Juicio del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Monagas, mediante la cual se declaró Parcialmente con Lugar la demanda incoada por el ciudadano XAVIER ASTUDILLO contra la ASOCIACION COOPERATIVA UNION DE CONDUCTORES CHAGUARAMAL.