Se declara:
PRIMERO: Con lugar la apelación ejercida por la parte demandante.
SEGUNDO: Se revoca la decisión dictada el 31 de octubre de 2007, por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de esta misma Circunscripción Judicial.
TERCERO: Se repone la causa al estado de que se fije nueva oportunidad para la celebración de la audiencia preliminar.