PRIMERO: PRIMERO: CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano NELSON SERRANO contra la empresa ARQUITECO, C.A., SEGUNDO: SIN LUGAR la demanda incoada por el ciudadano NELSON SERRANO contra la demandada solidaria PETRÓLEOS DE VENEZUELA, S.A. Se ordena a la empresa ARQUITECO, C.A pagar las la cantidad de CIENTO UN MIL DOSCIENTOS SETENTA Y NUEVE BOLÍVARES con 80/100 (Bs.101.279.80) indicado en la motiva de la presente decisión. TERCERO. Se ordena notificar a la empresa Petróleos de Venezuela de la presente decisión y a la Procuraduría General de la Republica de conformidad con el artículo 86 del Decreto Con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma Parcial del Decreto Con Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la Republica. Y una vez conste en auto la ultima notificación y vencido el lapso establecido en el anterior articulo, las partes podrán interponer los recursos de apelación pertinentes. CUARTO: Se condena en costas a la empresa demandada principalmente.