Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Primero De Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maturín, Aguasay y Santa Bárbara de la Circunscripción Judicial del Estado, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara de conformidad con lo dispuesto en el artículo 585 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con el Parágrafo Primero del artículo 588 eiusdem PROCEDENTE LA MEDIDA CAUTELAR INNOMINADA SOLICITADA POR LA PARTE ACTORA, Ciudadano LUIS JESUS BUCARITO NIEVES, VENEZOLANO mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 16.313.055 debidamente asistido por el abogado ALEXI HAYEK, venezolano, 6.611.009 e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 43.756, de continuar ocupando el inmueble constituido por una parcela de terreno y la vivienda sobre ella construida e identificada con las siglas TM3-15, ubicada en la Manzana 3, calle 3 del "Conjunto Residencial Tulipan", enclavado dentro de.....