En consecuencia de lo antes expuesto, este Juzgado Primero de Municipio, Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maturín, Aguasay y Santa Bárbara de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara improcedente la solicitud de reconocimiento de contenido y firma de documento privado interpuesta por la ciudadana Keilin Del Valle Jiménez Parejo, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 22.778.387, de este domicilio, asistida por el abogado María Eugenia Tovar, INPREABOGADO Nº 100.695 contra la Sociedad Mercantil LEVEMA de Venezuela, C. A., registrada por ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, en fecha 29 de junio 2004, asentada bajo el Nº 64, tomo A-8, representada por su Presidente, el ciudadano Tirso Rafael Boada, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-5.707.059 y así se decide