En virtud de las consideraciones anteriormente expuestas, este JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MATURIN, AGUASAY Y SANTA BARBARA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA: Se acuerda la Medida Cautelar Innominada de prohibir a la sociedad mercantil LE FRASIER PANADERIA, C.A arriba identificada de retirar del local comercial distinguido con las siglas PB-78, el cual tiene una superficie aproximada de 200,70 M2, situado en la Planta Baja del Centro Comercial Monagas Plaza, ubicado en la Avenida Alirio Ugarte Pelayo de la ciudad de Maturín del estado Monagas, cualquier bien inmueble por destinación o construcción realizada en el local tales como cables eléctricos, breaker, tableros eléctricos, switches, bombillos, lámparas, puertas de acceso, puertas Santamaría, mesones de concreto, paredes de drywall, cerramientos y cualqu.....