En fundamento a lo anteriormente expuesto, este JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MATURÍN, AGUASAY Y SANTA BÁRBARA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 341 del Código de Procedimiento Civil, declara: IMPROCEDENTE la presente demanda de RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA, intentada por el ciudadano NAIFREN JUNIOR MARCANO RUIZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-19.254.630, asistido por el abogado en ejercicio LENIN FIGUEROA, venezolano, mayor de edad, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 52.542.-
Publíquese. Diarícese regístrese y déjese constancia en los sitios web del Tribunal Supremo de Justicia www.tsj.gob.ve y en la página web www.monagas.scc.org.ve, así como copia para el copiador de sentencias.
Dado, firmado y sel.....