En mérito a las consideraciones que anteceden, éste Juzgado Primero De Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maturín, Aguasay, Santa Bárbara De La Circunscripción Judicial Del Estado Monagas administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la ACCIÓN MERO DECLARATIVA, en consecuencia, se declara al ciudadano CRUZ MANUEL SALAZAR, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-3.027.471, debidamente asistido por la abogada en ejercicio JOSÉFA BRITO, inscrita en el I.P.S.A. bajo el Nº 149.412 de este domicilio.
SEGUNDO: La presente Sentencia surtirá los efectos de título de propiedad del vehículo señalado. Salvo mejor Derecho de Terceros.
TERCERO: No hay condena en costas dada la naturaleza del fallo.
Regístrese, Publíquese y déjese copia por Secretaría de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.