Siendo ello materia de orden público, y por cuanto existe un fin útil, como es el restablecimiento de tal garantía constitucional, es por lo que conforme a los criterios jurisprudenciales referidos y a lo preceptuado en los artículos 26 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en concordancia con los artículo 15, 206 y 212 del Código de Procedimiento Civil, este Juzgado Primero De Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maturín, Aguasay, Santa Bárbara De La Circunscripción Judicial Del Estado Monagas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la ley decide:
PRIMERO: Reponer la causa al estado de designar nuevamente otro Defensor Ad Litem, a la demandada la Sociedad Mercantil "Construcciones Vinciguerra, C:A, inscrita por ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, en fecha 17 de octubre del año 2002, anotado bajo el N° 14, Tomo A_2, representada por su Presidente y vicepres.....