En fundamento a lo anteriormente expuesto, este JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MATURÍN, AGUASAY Y SANTA BÁRBARA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 341 del Código de Procedimiento Civil, declara: IMPROCEDENTE la reforma demanda, solicitada por la apoderada judicial abogada LUISA MERCEDES DIAZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 83.897, del ciudadano DANIEL ALEJANDRO ALFARO HERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-15.903.032 y de este domicilio, parte demandante en el juicio de DIVORCIO 185-A intentado contra la ciudadana ROMINA THAYS PALACIOS MARTINEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-18.825.851 y de este domicilio.-
Publíquese. Diarícese regístrese y déjese constancia en los sitios web del T.....