PRIMERO: En procura de la estabilidad del proceso, a fin de mantener y garantizar los derechos constitucionales de las partes; y certeza sobre los actos y actuaciones que deben cumplirse, con la entrada en vigencia del DECRETO CON RANGO, VALOR Y FUERZA DE LEY DE REGULACION DEL ARRENDAMIENTO INMOBILIARIO PARA EL USO COMERCIAL, queda sin efecto el acto de contestación de la demanda para el segundo (2do) día de despacho siguiente a la citación del demandado, como se dispuso en el acto de admisión referido.
SEGUNDO: Insta a la parte actora ciudadana: NELLYS ZULEIMA GARCIA LOZADA, Venezolana, Mayor de Edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.352.479, en su carácter de presidenta de la junta Directiva de la Sociedad Mercantil "CONFITERIA SUEÑOS Y FANTASIAS, C.A"., y/o a su apoderado judicial, para que dentro de los cinco (5) días de despacho siguiente a la ultima notificación de las partes, para que consigne o acompañe toda la prueba documental de que disponga y mencionar el nombre.....