DISPOSITIVA
En consecuencia de lo anteriormente establecido, este TRIBUNAL TERCERO DEL MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MATURIN, AGUASAY Y SANTA BARBARA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS, en nombre de la República y por autoridad de la ley declara: PRIMERO: INADMISIBLE LA PRESENTE SOLICITUD DE DECLARACION DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, seguida por la ciudadana ZORAIDA JOSEFINA SABALLO PIÑERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-8.965.167, de este domicilio, asistida por el abogado JOSE ADRIAN MARCANO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 30.334, por el fallecimiento de quien en vida se llamara DIOSA ELINA PIÑERO IDROGO, venezolana, titular de la cedula de identidad N° V-2.744.936 quien en vida fuera su madre así como de sus hermanos: DULCE MARIA SABALLO PIÑERO, EDGAR JOSE SABALLO PIÑERO (DIFUNTO), OLGA XIOMARA PIÑERO, DIOLIMAR ELINA PIÑERO Y VANESSA ALEJANDRINA RIVAS PIÑERO, venezolanos, mayores de edad, .....