DECISION
Por los fundamentos antes expuestos, esta Sala Tercera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: CON LUGAR la inhibición propuesta por la MGS. MARÍA PEÑALOZA SANGRONIS, en su carácter de Jueza Tercera de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Cabimas, de conformidad con lo establecido en el artículo 86 numeral 8 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 87 ejusdem, en la cual se inhibe de conocer de la causa seguida a los ciudadanos FRANCISCO HEBERTO MELENDEZ NAVARRO y JORGE ALBERTO PEREZ, por la presunta comisión de los delitos de HOMICIDIO INTENCIONAL EN GRADO DE FRUSTRACIÓN, PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, RESISTENCIA A LA AUTORIDAD y VIOLENCIA CONTRA FUNCIONARIO PÚBLICO, cometido en perjuicio de los funcionario ARISTIDES RAMÓN VILLARREAL, CARLOS VI.....