DISPOSITVA
Por los fundamentos expuestos, esta Sala Tercera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara: INADMISIBLE POR EXTEMPORANEO, el recurso de apelación interpuesto por la ciudadana Abogada YEANNE HERNANDEZ, abogada en ejercicio, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nros. 129.075, actuando en su carácter de defensora de la imputada MAGALY MONTIEL, portadora de la cédula de identidad N° 11.869.054, en contra de la decisión N° 108-14, dictada en fecha 29 de enero de 2014, por el Juzgado Séptimo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, mediante la cual decretó medida de privación judicial preventiva de libertad, en la causa seguida a la mencionada ciudadana, por la presunta comisión de los delitos de Acaparamiento, previsto y sancionado en el artículo 54 de La Ley Orgánica de Precios Justos, C.....