Por los fundamentos expuestos, esta Sala No. 3 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación de autos, interpuesto por los profesionales del derecho EUDOMAR GARCIA BLANCO, actuando con el carácter de Fiscal Provisorio Noveno del Ministerio Público, ALEXANDRA FUENMAYOR MANSTRETA, Fiscal Auxiliar Interina Novena del Ministerio Público y MARIO HUMBERTO MARTÍNEZ RENDON, Fiscal Auxiliar Interino en la Fiscalía Quinta de la Circunscripción del estado Zulia.
SEGUNDO: REVOCA la decisión No. 468-2014, de fecha 11 de abril de 2014, emanada del Juzgado Décimo Tercero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia.
TERCERO: MANTIENE LA MEDIDA CAUTELAR DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD dictada contra los ciudadanos JULIO CESAR NEVADO BRYAN, ALEX.....