PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación de autos, interpuesto por la ciudadana ABG. EVALÚ MARÍA BOSCÁN AGUILERA, en su carácter de Fiscal Auxiliar Vigésima Sexta del Ministerio Público con competencia en materia Contra la Corrupción. SEGUNDO: CONFIRMA la Decisión Nº 1403-12, dictada en fecha 19 de octubre de 2012, por el Juzgado Séptimo de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, con ocasión a la celebración de la Audiencia Preliminar, en la cual declaró con lugar, la solicitud de nulidad incoada por el ciudadano QUINTIN FLORES VILLALOBOS y su defensa técnica, así como también decretó la nulidad absoluta del acto conclusivo de acusación incoado en fecha 25/06/2012, por la Fiscalía Vigésima Sexta del Ministerio Público con competencia en materia Contra la Corrupción, en contra de los ciudadanos CARLOS ALBERTO AÑEZ SILVA y QUINTIN STALIN FLORES VILLALOBOS, por la presunta comisión del delito de PECULADO DOLOSO IMPROPIO y FORJAMIENTO DE DO.....