Por los fundamentos antes expuestos, esta Sala Tercera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
ÚNICO: HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO DEL RECURSO DE APELACIÓN DE AUTO, efectuado por el imputado HUMBERTO RAFAEL MÁRQUEZ MONTOYA, el cual fuera presentado en fecha 10.09.2014, contra la decisión Nro. 847-14, de fecha 03.09.2014, mediante la cual, el juzgado de instancia en la audiencia de presentación de imputado decretó la aprehensión en flagrancia de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44.1 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela; decretó el procedimiento ordinario, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 262 del Código Orgánico Procesal Penal; declaró sin lugar la solicitud de la defensa, y en consecuencia, decretó medida cautelar de privación judicial preventiva de libertad en contra del mencionado ciudadano, de c.....