PRIMERO: ADMISIBLE la recusación interpuesta por los profesionales del derecho Fernando Ramón Lossada Urribarrí y Manuel Enrique Zuleta Valbuena, actuando con el carácter de defensores privados de los ciudadanos IRMA HERRERA MORÁN DE BRITO, EDUARDO HERRARA MORÁN y ODOARDO JOSÉ BRITO ARREAZA, plenamente identificados en actas, en contra de la profesional del derecho Yakelyn Coromoto Domínguez Rodríguez, en su condición de Jueza del Juzgado Segundo (2°) de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia.
SEGUNDO: ADMISIBLE el informe de descargo presentado por la profesional del derecho Yakelyn Coromoto Domínguez Rodríguez, en su condición de Jueza del Juzgado Segundo (2°) de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia.
TERCERO: ADMISIBLES las pruebas promovidas por las partes por ser útiles, necesarias y pertinentes para la resolución de la incidencia planteada, con excepción del libro de decisiones llev.....