DECISIÓN
Por los fundamentos expuestos antes, esta Sala Tercera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley resuelve declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la abogada TULIA GARCIA DE HILL, Defensora Publica Vigésima Cuarta Penal ordinario adscrita a la Unidad de Defensa Pública del Estado Zulia, en su carácter defensora de la ciudadana MARVELIS COROMOTO COVIS, SEGUNDO: CONFIRMA la decisión N° 1145-08, dictada en fecha 30 de Marzo de 2008 por el Juzgado Undécimo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, mediante la cual se decretó Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad a la referida ciudadana, de conformidad con lo establecido en los artículos del 256 ordinal 6 del Código Orgánico Procesal Penal, por la presunta comisión del delito LESIONES PERSONALES, previsto y sancionado en el artículo 413 del Código .....