DECISIÓN
Por los fundamentos antes expuestos, esta Sala Tercera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezolana y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la Recusación interpuesta por el ciudadano abogado RICHARD PORTILLO TORRES, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 56.915, en contra de la ciudadana EGLEE RAMIREZ, en su carácter de Jueza Novena de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, en la causa signada bajo el N° 9M-204-07, seguida en contra de los ciudadanos JESUS HENRIQUE TERAN GARCIA, LENA NIUSKA SOSA VILCHEZ y LEONARDO ANTONIO DIAZ, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO POR MOTIVOS FÚTILES E INNOBLES, previsto y sancionado en el artículo 405 ordinal 1° del Código Penal, y USO INDEBIDO DE ARMA DE GUERRA, previsto y sancionadop en el artículo 281, en concordancia con el artículo 274 y 279, todos .....