DISPOSITIVA
Con base en los fundamentos que quedan expuestos, esta Sala Tercera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el ciudadano Abogado ENDER BRACHO, en su carácter de defensor del ciudadano CARLOS ZARATE MILLA, en contra de la Sentencia N° 1J-010-05, dictada por el Juzgado Primero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, constituido en forma Mixta con Escabinos, extensión Cabimas, en fecha 24 de mayo de 2005; SEGUNDO: ANULA la referida sentencia mediante la cual CONDENÓ al precitado acusado a cumplir la pena de Siete (07) Años de Presidio, más las penas accesorias de Ley, por considerarlo coautor y culpable del delito de HOMICIDIO EN RIÑA, previsto y sancionado en el artículo 407 del Código penal, en concordancia con el artículo 424 del mismo texto legal, en perjuicio del ciudadano MARIO.....