Por los fundamentos expuestos, esta Sala Tercera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el ciudadano MERVIN ANTONIO ORTEGA GONZÁLEZ, asistido por el profesional del derecho MARIO ALBERTO PARRA. SEGUNDO: CONFIRMA la decisión N° S-112-07, dictada en fecha 21-07-07, por el Juzgado Séptimo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, relacionada con la solicitud de vehículo, mediante la cual negó la Entrega Material del vehículo Marca: Chevrolet; Modelo: Chevette; Clase: Automóvil; Tipo: Coupe; Uso: Particular; Año: 1988; Color: Blanco; Placas: XBV008; Serial de Carrocería: 5C115GV216887; Serial del Motor: 6JK171N80352, al ciudadano MERVIN ANTONIO ORTEGA GONZÁLEZ.
QUEDA ASI DECLARADO SIN LUGAR EL RECURSO DE APELACION Y CONFIRMADA LA DECISIÓN APELADA.