DECISION
Por los fundamentos expuestos, esta Sala Tercera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por los ciudadanos JOSEFA CAMARGO RINCON y ABIGAIL JOSÉ RODRIGUEZ, en su carácter de Fiscales Principal y Auxiliar Cuadragésimos del Ministerio Público con Competencia Plena a Nivel Nacional. SEGUNDO: CONFIRMA la decisión N° 3233-06, dictada en fecha 25-10-06, por el Juzgado Sexto de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia.
QUEDA ASI DECLARADO SIN LUGAR EL RECURSO DE APELACION Y CONFIRMADA LA DECISION APELADA.