DECISION
Por los fundamentos expuestos, esta Sala Tercera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por los Abogados ROBERTO SEGUNDO ABREU BOSCAN y KELLY VIDALINA ALBORNOZ SALAZAR actuando con el carácter de defensores del imputado KENDRI RAFAEL MORALES BENCOMO, y el recurso interpuesto por la ciudadana Abogada TERESA DE JESÚS MARTINEZ, actuando en su carácter de defensora del ciudadano JOEL ANTONIO LINARES CASTILLO; y SEGUNDO: CONFIRMA la decisión N° 1210-05, dictada en fecha 05-10-05 por el Juzgado Octavo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, correspondiente al acto de presentación de imputado, en la cual se decretó medida de privación judicial preventiva de libertad a los referidos imputados, por la presunta comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO, previsto.....