DISPOSITIVA
Por los fundamentos expuestos, esta Sala Tercera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, DECLARA: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el ciudadano Abogado SERGIO DAVID ARAMBULO ARAMBULO, actuando en su carácter de defensor del penado ALIRIO ANTONIO PARRA ARAUJO; SEGUNDO: MODIFICA DE OFICIO PARCIALMENTE, la sentencia N° 01-05, dictada en fecha 28 de enero de 2005, por el Juzgado Primero de Juicio con Escabinos del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, extensión Santa Bárbara, constituido de forma mixta con Escabinos, solo en cuanto a la pena definitiva se refiere, condenando esta Sala al ciudadano ALIRIO ANTONIO PARRA ARAUJO, suficientemente identificado, a cumplir la pena de DIECISIETE (17) AÑOS Y SEIS (06) MESES DE PRISIÓN, más las penas accesorias establecidas en el artículo 16 del Código Penal, por el delito de HOMICIDIO CALIFICADO P.....