ACTA
N° DE EXPEDIENTE PRINCIPAL: NP11-L-2025-000358
PARTE ACTORA: Ciudadanos, OSCAR DANIEL MARQUEZ, OMAR ENRIQUE AVILA BELMONTE, GUIDO RAFAEL VIVENES TOCUYO Y CARLOS ANTONIO SANCHEZ FIGUERA, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de Identidad Nros V.-16.216.824, V-8.448.323, V-11.775.882 y V-19.859.480, asistidos del abogado NUBIA RAMOS, inscrito en los Inpreabogado bajo el N° 99.937.
PARTE DEMANDADA: CONSTRUCTORA VIDALSA 27, C.A.-.
APODERADO JUDICIAL: Abogado JOSE AMADEO SALAS JAIME, inscrito en los Inpreabogado bajo el N° 193.862.
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES.
En el día de hoy 15 de octubre de 2025, siendo habilitada a las 1:10 Pm, el inicio de la audiencia Preliminar, comparecieron los ciudadanos OSCAR DANIEL MARQUEZ, OMAR ENRIQUE AVILA BELMONTE, GUIDO RAFAEL VIVENES TOCUYO Y CARLOS ANTONIO SANCHEZ FIGUERA, asistidos del abogado NUBIA RAMOS. También compareció el Abogado JOSE AMADEO SALAS JAIME, en su carácter de apoderado judicial de la demandada, quien presentó copia del poder que le acredita tal representación. En este estado la parte actora alega que le cancelen las cantidades Bs. 16.318.870 lo equivalente a $.105.966,69, por concepto de prestaciones sociales, por otra parte, la parte demandada expone: Que a los fines de dar por concluido el presente juicio, ofrece pagar la cantidad de Bs. 2.765.400,000, equivalente en Euro a la tasa del Banco Central de Venezuela, al día de hoy, que dividido para cada accionante corresponde la cantidad de Bs, 691.350,00 ello basado en los cálculos determinados en las audiencias, pagaderos el día de hoy, depositados a sus cuentas personales de los accionantes, determinados de la siguiente manera: Al ciudadano OSCAR DANIEL MARQUEZ, la cantidad de Bs. 691.350,00 pagados en dos partes al día de hoy, pago uno referencia N° 72222150 por la cantidad de Bs. 491.350,00, pago dos, por la cantidad de Bs. 200.000,00 referencia N° 72222853. Ciudadano, OMAR ENRIQUE AVILA BELMONTE, la cantidad de Bs. 691.350,00 pagados en dos partes al día de hoy, pago uno referencia N° 722226957 por la cantidad de Bs. 581.350,00, pago dos, por la cantidad de Bs. 110.000,00 referencia N° 72227150. GUIDO RAFAEL VIVENES TOCUYO, la cantidad de Bs. 691.350,00 pagados en una parte al día de hoy, pago uno referencia N° 3565428540. Ciudadano, CARLOS ANTONIO SANCHEZ FIGUERA. La cantidad de Bs. 691.350,00 pagados en dos partes al día de hoy, pago uno referencia N° 72216227 por la cantidad de Bs. 441.350, pago dos, por la cantidad de Bs. 250.000,00 referencia N° 35992153.
Los accionantes debidamente asistidos por su representación judicial manifiestan que aceptan el ofrecimiento realizado por la parte demandada en conocimiento de los cálculos realizados antes señalados, así mismo manifiestan que con este acuerdo no quedan reclamaciones pendientes, por beneficios adicionales o indemnizaciones derivadas de la relacion laboral que mantuvo con la entidad de trabajo demandada CONSTRUCTORA VIDALSA 27, C.A ni a las entidades de trabajo CONSORCIO OPERADOR HELIOS VIDAL Y HELIOS PETROLEUM SERVICES, S.A, las cuales no se encuentran en este acto. La entidad de trabajo CONSTRUCTORA VIDALSA 27, C.A, se compromete a cancelar a la abogado NUBIA RAMOS , la cantidad del 30% de lo pagado en el presente acuerdo. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el Artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, da por concluida la Audiencia Preliminar y por cuanto el presente acuerdo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO TRANSACCIONAL. Se ordena expedir 3 copias certificadas.
LA JUEZA
ABOG. MARILEUDIS GALLARDO T. EL SECRETARIO
LAS PARTES COMPARECIENTES
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