REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MATURÍN, AGUASAY Y SANTA BÁRBARA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS.
EN SU NOMBRE:
215º y 166º


A los fines de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 243 del Código de Procedimiento Civil, se establece que en la presente solicitud intervienen como partes las siguientes personas:

SOLICITANTE: FRANCY RAFAEL SISO EURRIETA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-10.306.628, y de este domicilio.

ABOGADO ASISTENTE:INES ROMERO,venezolana, inscrita en el I.P.S.A bajo el N° 89.512 y de este domicilio.

MOTIVO: UNICO UNIVERSALES Y HEREDEROS

SOLICITUD Nº 16.302
UNICO

En fecha siete (07) de abril del 2026, mediante auto se instó a la parte accionante que consignara: copia de cedula de cedula del de cujus JOSE RAFAEL SISO RODRIGUEZ y asimismo consigne original o copia certificada de los recaudos que acompaña la solicitud, ello dentro de un lapso perentorio de cinco (05) días de despacho. Ahora bien, este Tribunal estima que lo solicitado en el despacho saneador es fundamental a los fines de tramitar la presente solicitud, no habiendo la parte interesada consignado dicho recaudo dentro del lapso otorgado por este Tribunal a tales fines, no le queda más a este Juzgado que INADMITIR la presente acción, por cuanto no cumple con los requisitos de ley para su tramitación. Y así se decide.-
En consecuencia de ello, este JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MATURÍN, AGUASAY Y SANTA BÁRBARA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la solicitud de UNICOS UNIVERSALES Y HEREDEROS,acción intentada por el ciudadano FRANCY RAFAEL SISO EURRIETA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-10.306.628, y de este domicilio. Así se decide.-
Publíquese, Regístrese y Déjese copia debidamente certificada de la presente decisión. Dado, Firmado y sellado en la Sala de este Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios, Maturín, Aguasay y Santa Bárbara de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas. En Maturín, a los dieciséis (16) días del mes de abril de 2026.- Años 215° de la Independencia y 167° de la Federación.-
LA JUEZ

MAGLENIS RUIZ MERCHAN

LA SECRETARIA

NOHEMY MUNDARAIN

En esta misma fecha siendo las 09:15 am., se dictó y publicó la anterior sentencia interlocutoria con fuerza de definitiva. Conste.-

LA SECRETARIA

NOHEMY MUNDARAIN




MRM/NM/gapm
Solicitud N°16.302