En atención a lo antes expuesto, este Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: DESISTIDO el recurso de apelación incoado por el Abogado ANTONIO RAFAEL ZAPATA, Inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 129.714, actuando en su condición de Apoderado Judicial de la parte demandante ciudadano LUIS ANTONIO ZAPATA ZAPATA. En consecuencia, se confirma el auto recurrido.