este TRIBUNAL DECIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Maracaibo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: La incompetencia por el territorio de este TRIBUNAL DECIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Maracaibo, para la sustanciación del presente, presentado por la ciudadana ISABEL EUGENIA HERVIA DE REYES , en contra de la Sociedad Mercantil VENEZOLANA DE LIMPIEZAS INDUSTRIALES, C.A, por concepto de Demanda por Accidente Laboral y Otros Conceptos , se declina la competencia a los TRIBUNALES DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DEL ESTADO MONAGAS, con sede en la Ciudad--Maturin, que por distribución corresponda y se ordena remitir el presente expediente en f.....