Se DECLARA SIN LUGAR, la solicitud hecha por el ciudadano: JOSE LUIS RINCON RINCON, en su carácter de Fiscal Cuadragésimo Primero del Ministerio Público, en el cual solicita la Revocatoria de la medida cautelar Sustitutiva de Libertad del ciudadano EUGENIO FUENTES y en consecuencia MANTIENE LA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, que le fuera otorgada al mismo en fecha 09-02-05, por el Juzgado Primero de Control la Villa del Rosario del Estado Zulia, por ser esta medida la Proporcional la cuál garantiza al Tribunal su fidelidad al proceso judicial, y en virtud de ello ACUERDA fijar para el día 07-06-05, a las nueve de la Mañana, el JUICIO ORAL Y PUBLICO DE MANERA UNIPERSONAL, en la causa seguida en contra del ciudadano EUGENIO FUENTES, por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FISICA CONTRA LA MUJER, previsto y sancionado en el artículo 17 de la ley Sobre la Violencia Contra la Mujer y La Familia, cometido en perjuicio de la ciudadana: GLORIA DÍAZ CONTRERAS