En el día hábil de hoy, 7 de Diciembre de 2009, siendo las 2:17 PM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparece el ciudadano ALEXY ANTONIO FRANCO FLORES en su carácter de parte actora asistido por su apoderado judicial abogado Noe Avila Medina y ALFARERIA SAN FRANCISCO, COMPAÑIA ANÓNIMA (ALFASUR) en su carácter de parte demandada, debidamente representada por el apoderado judicial apoderado judicial abogado Antonio Barboza, quienes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo la demandada paga en este acto al demandante ciudadano Alexi Franco la cantidad de treinta y ocho mil bolívares (Bs. 38.000,00). Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PA.....