Se dio por recibida diligencia constante de Acta Transaccional celebrada entre las partes ( oferente y oferido ) intervinientes en la presente causa, para resolver el Tribunal observa: Revisada como ha sido la transacción presentada, por la Sociedad Mercantil INSTALACIONES Y SERVICIOS DE VENEZUELA, C.A , representada por su apoderada judicial CAROLINA DAZA e inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado No 145.717, por una parte y por la otra, ALI ATENCIO , venezolano, portador de la cedula de identidad No 14.863.148, asistido por la abogada ejercicio, FRANCIS HERNANDEZ , e inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No 155.332, donde la empresa le cancela al EXTRABAJADOR: , ALI ATENCIO, la cantidad de TREINTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y TRES BOLIVARES CON OCHENTA Y TRES CENTOMOS ( Bs 39.993,83) mediante cheque dos cheque , uno consignado en este tribunal y el otro entregado en este mismo acto. . El Oferido acepta recibirla, para .....