En consecuencia, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
¿ Se confirma el decreto de medida de embargo preventivo dictado por este Juzgado en fecha diecinueve (19) de Octubre del año 2006. Así se decide.
¿ Se suspende la Medida de embargo ejecutada sobre los cánones de arrendamiento que cancela la Sociedad Mercantil Servicios Obras y Mantenimiento en General C.A. (SOYMGCA) a la sociedad mercantil Éxito C.A., los cuales ascienden a la cantidad de seis millones de bolívares (Bs.6.000.000,oo) mensuales, más Quince millones de bolívares (Bs.15.000.000,oo) dados en garantía como depósito, hasta cubrir la cantidad de Cuarenta y cuatro millones setecientos noventa y siete mil setecientos dos bolívares con 00/100 (Bs.44.797.702,oo), según acta de fecha trece (13) de Febrero del añ.....