Por las razones anteriormente expuestas, este JUZGADO PRIMERO DE EJECUCION DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA PENA CUMPLIDA a favor del ciudadano ALBERTO ALEXANDER ROBERTI ROSALES, venezolano, natural de Maracaibo Estado Zulia, de 26 años de edad, soltero, de oficio zapatero, portador de la cédula de identidad No. 14.922.373, hijo de Alberto Roberti y de Vidalina Rosales y residenciado en el Barrio Cañada Honda, calle 96, casa No. 96-51, Maracaibo Estado Zulia; de conformidad con lo establecido en el artículo 105° del ya derogado Código Penal, en concordancia con el artículo 479 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal, faltándole por cumplir con la Sujeción a la Vigilancia la cual será el día 29-11-05 y la cual la cumplirá por ante este Tribunal por, hasta la fecha antes indicada y la cual será cada DOS (02) MESES.- ASI SE DECLARA.- Regístrese la presen.....