Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
a) PERIMIDA LA INSTANCIA en el presente Procedimiento de COBRO DE BOLÍVARES (INTIMACIÓN) introducido por la sociedad mercantil MODA INTERNACIONAL WGLM, C.A., inscrita ante el Registro Mercantil Cuarto de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, en fecha 09 de Junio de 2000, bajo el N° 63, Tomo 33-Ai posteriormente inscrita ante la Oficina del Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en fecha 10 de Noviembre de 2004, bajo el N° 27, Tomo 68-A, en contra de los ciudadanos GISELA DEL CARMEN DÍAZ PADILLA y JOSÉ MIGUEL DÍAZ PADILLA, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedula de identidad N° 13.711.918 y 14.164.731, respectivamente, ambos domiciliados .....